Apuntes RRHH 25/11/2022
INCAPACIDAD TEMPORAL Estamos en situación de incapacidad temporal (IT) si… Una enfermedad o accidente nos impide ir a trabajar. Recibimos asistencia sanitaria de la Seguridad Social, a través del Servicio Público de Salud o la Mutua. Recibimos una prestación económica o subsidio diario que cubre la pérdida de rentas. La IT puede deberse a contingencias comunes; es decir, a enfermedad común o accidente no laboral, y la asistencia sanitaria se lleva a cabo por el Servicio Nacional de Salud. ¿Cuál es su duración? La duración máxima de la incapacidad temporal es de 365 días, prorrogables por otros 180 días cuando se presuma que en este plazo puede darse el alta médica por curación. Agotado este plazo de 365 días, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar las incapacidades permanentes -ICAM en Cataluña y el EVI, en el resto de comunidades autónomas- será el único competente para: Reconocer prórroga expresa ...